Reglamento de la promoción

“Con Productos Chago Disfrutá, Raspá y Ganá”

 

La promoción “Con Productos Chago Disfrutá, Raspá y Ganá ”, que en adelante se denominará como “La Promoción” se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones:

Por el sólo hecho de participar en La Promoción, los participantes aceptan todas y cada una de las reglas y condiciones establecidas en este reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los organizadores. Asimismo, aceptan someterse a todas y cada una de las decisiones y regulaciones de los organizadores en cualquier asunto relacionado con La Promoción. El otorgamiento de cualquiera de los beneficios de la promoción “Con Productos Chago Disfrutá, Raspá y Ganá”, estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este reglamento en específico.

Corporación Alimenticia Chago S.A. Se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de los beneficios otorgados a aquellos participantes que directa o indirectamente incumplan con las normas y condiciones establecidas en este reglamento en específico.

  1. DEFINICIONES: Para los efectos de este Reglamento se establecen las siguientes definiciones:
  • Corporación Alimenticia Chago S.A.: para efectos de este reglamento se denominará como Productos Chago.
  • «Aguinaldo»: Premio de dinero en efectivo por un monto de ¢200.000 (doscientos mil colones)
  • Premios instantáneos: quince canastas de diversos productos Chago seleccionados por la administración de Corporación Alimenticia Chago S.A. y tres ollas freidoras de aire.
  • Raspadita digital: Aplicación web, es una versión electrónica de las clásicas tarjetas raspa y gana, donde el usuario raspa una imagen virtual con el dedo o el ratón para revelar premios ocultos.
  • Sticker promocional: Pegatina o adhesivo impreso con el diseño de la promoción con un código único para registrar.
  • «Consumidor o participante»: Es aquella persona física titular que compra harina, tacos o masa de Productos Chago.

2. BENEFICIO: El beneficio consiste en cinco premios de dinero en efectivo por un monto de doscientos  mil colones, quince canastas de diversos productos Chago seleccionados por la administración de Corporación Alimenticia Chago S.A. y tres ollas freidoras de aire.

3. VIGENCIA:
Aplica para compras efectuadas únicamente en el territorio costarricense a partir del:
Fecha inicio de la promoción: Primero (01) de noviembre de 2025.
Fecha fin de la promoción: Quince (15) de enero del 2026.
No participan tiquetes de compra posteriores a la finalización del plazo de la promoción.

4. FECHAS DE LOS SORTEOS DE LOS GANADORES
Primer y segundo Premio, aguinaldo en efectivo: treinta (30) de noviembre 2025.
Tercer y cuarto Premio, aguinaldo en efectivo: veinte (20) de diciembre 2025.
Quinto Premio, aguinaldo en efectivo: dieciséis (16) de enero 2026

5. ORGANIZADOR: La presente promoción es organizada por Corporación Alimenticia Chago S.A.

6. OBJETO DE LA PROMOCIÓN: La Promoción consiste en la posibilidad de ser el ganador del sorteo de uno de los cinco aguinaldos de doscientos mil colones en efectivo, quince canastas de productos y tres ollas freidoras de aire que dará Productos Chago, siempre que cumplan con todos y cada uno de los requisitos y regulaciones aquí establecidas.

 7. PARTICIPANTES: Todas aquellas personas que compren tacos de res, pollo o cerdo, masa fortificada, masa de maíz cascado o harina de trigo Chago identificados con el sticker de la promoción durante los meses de noviembre – diciembre 2025 y hasta el 15 de enero 2026, guarden el empaque y registren el código promocional que aparece en el sticker del producto Chago que compraron, ingresando al sitio web www.productoschago.com, completen un sencillo formulario que solicitará: nombre completo, número de cédula, teléfono, código de producto, y nombre del establecimiento donde compró el producto. Una vez registrado el producto se activará su raspadita digital, la cual podrá raspar y descubrir si ha ganado o no alguno de los premios instantáneos. Todos los consumidores que registren un código de producto quedarán participando en el sorteo final de los cinco aguinaldos en efectivo.

 8. SORTEO: Los premios instantáneos serán otorgados al azar mediante la aplicación web de raspaditas digitales. Cada consumidor podrá raspar una única vez por código registrado, en caso de que el usuario raspe en más de una ocasión por cada código registrado, solo se le tomará en cuenta la primera oportunidad por cada código, las oportunidades posteriores no serán tomadas como válidas. En caso de ganar un premio instantáneo, el ganador deberá guardar el código de canje que aparece en pantalla (tomarle una foto de pantalla a su celular) y enviarlo al whatsApp (506)8403-2698, medio por el cual se le brindarán las instrucciones para la entrega del premio. Una vez que Corporación Alimenticia Chago S.A. verifique que el ganador cumple con lo estipulado en el presente reglamento, se le indicará una fecha a partir de la cual podrá presentarse en el punto de venta indicado para hacer efectivo su premio, presentando su cédula de identidad y el empaque del producto con el sticker en buen estado (legible). Sin el empaque con el sticker en buen estado no es posible reclamar ningún premio.

En el caso de los cinco aguinaldos de doscientos mil colones, se realizarán cinco sorteos, donde en cada uno se seleccionará al azar un (1) ganador o ganadora, y estos serán ganadores del aguinaldo de doscientos mil colones, una vez que se haya verificado que cumple con todos y cada uno de los requisitos ya mencionados anteriormente para recibir el premio correspondiente. Luego de verificarse que las personas favorecidas cumplen con todos y cada uno de los requisitos establecidos en este Reglamento, se declararán los ganadores de la promoción. Si resultas ganador (a) de un aguinaldo, deberás retirar el premio personalmente en las oficinas de Corporación Alimenticia Chago S.A. Ese día, deberás presentar tu cédula de identidad y el empaque con el sticker del código ganador en buen estado (legible). No será permitido que terceras personas en calidad de «representantes» se presenten a retirar el premio, este será entregado exclusivamente al ganador, el cual se compromete a acceder a tomarse una fotografía, como constancia de la entrega del premio obtenido, misma que será publicada posteriormente en las redes sociales de productos Chago.

9. AVISO Y ENTREGA DE LOS PREMIOS A LOS GANADORES: Las personas favorecidas serán notificadas vía telefónica al número de teléfono registrado y a través de nuestras redes sociales Facebook e Instagram. Para retirar el premio de la promoción, la persona favorecida deberá presentarse con su cédula de identidad vigente y en buen estado, y el empaque del producto con el sticker en buen estado en nuestras oficinas en Pital de San Carlos, Alajuela. La fecha límite para retirar el premio será el día treinta (30) de Enero del 2026.

10. CADUCIDAD DEL PREMIO: A más tardar el día treinta (30) de Enero del 2026, el favorecido con la promoción, deberá hacer valer su derecho. Vencido ese plazo caducará totalmente el derecho para retirarlo, sin ninguna responsabilidad para Corporación Alimenticia Chago S.A.

11. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES Y LIMITACIONES DEL REGLAMENTO Y LA PROMOCIÓN: Para PARTICIPAR es necesario que el participante conozca y acepte todas y cada una de las condiciones y limitaciones establecidas en este Reglamento, de no aceptarlas no tendrá derecho a reclamar el premio. Asimismo, con la aceptación del premio ratificará la plena aceptación de todas y cada una de las condiciones y restricciones de este Reglamento.

 12. RESPONSABILIDAD GENERAL: Corporación Alimenticia Chago S.A. Se responsabiliza únicamente por la entrega del Premio con las características señaladas anteriormente por este reglamento en específico. El favorecido aceptará el Premio que se otorgará, no pudiendo hacer reclamos de ningún tipo, cambios posteriores, ni exigir mejoras en el mismo. De la misma forma, ninguna de las empresas involucradas en la presente promoción asumirá, —bajo ninguna circunstancia— responsabilidad alguna por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento. Los participantes liberan de cualquier tipo de responsabilidad a Corporación Alimenticia Chago S.A. Por cualquier tipo de situaciones o eventualidades no previstas en este reglamento, Corporación Alimenticia Chago S.A. únicamente se encargará de entregar y hacer efectivo el premio, por lo que el posible ganador y los participantes renuncian de cualquier tipo de reclamo sea en la vía administrativa, judicial o extrajudicial contra Corporación Alimenticia Chago S.A con respecto algún daño causado, y así lo aceptan los participantes

 13. RESTRICCIONES:

  1. No participan de ninguna forma del sorteo del premio de la Promoción: “Con Productos Chago Disfrutá, Raspá y Ganá”: empleados, ejecutivos y colaboradores de Corporación Alimenticia Chago S.A., las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción.
  2. No se admitirán reclamos en contra de las normas establecidas en este reglamento.
  3. Corporación Alimenticia Chago S.A no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el ganador para retirar el Premio, el cual deberá ser retirado en las oficinas de Productos Chago en Pital de San Carlos, Alajuela, Corporación Alimenticia Chago S.A se limita únicamente a entregar el Premio ofrecido en este Reglamento, por lo que no se aceptarán cambios ni mejoría en el mismo. Las personas participantes de la promoción, por el solo hecho de participar, expresamente autorizan a Corporación Alimenticia Chago S.A a utilizar sus nombres, números de cédula, imágenes personales y/o voces para publicar la promoción, sin recibir ningún tipo de compensación, resguardando la privacidad de las personas. Ninguno de los premios es negociable ni puede ser comercializado. Si alguno de los favorecidos no acepta el premio en las condiciones establecidas en este Reglamento, el premio se considera renunciado y extinguido en relación con el favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.

14. DE LA SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN: Corporación Alimenticia Chago S.A, suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor que puedan provocar un grave perjuicio y que así obliguen. La suspensión de la promoción, será comunicada por Corporación Alimenticia Chago S.A por los mismos medios en que se publicó la dicha promoción.

15. PUBLICIDAD: La publicidad que se hace del presente reglamento no obliga al patrocinador con determinada persona o determinada colectividad sino sólo con quien acepte los términos del presente reglamento así como los reglamentos de cada una de las promociones ligadas a esta y sus eventuales modificaciones, en los términos establecidos por estos y que cumpla con los requisitos que los mismos establecen. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, la persona que resulte favorecida autoriza a que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y aplicación del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen.

 16. INFORMACIÓN ADICIONAL Y CONSULTAS: Para mayor información y/o consultas los interesados pueden llamar al teléfono 2473-4516, o consultar los reglamentos de ésta y de la promoción ligada en la página de Internet www.productoschago.com. Se prohíbe la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio. El nombre de Corporación Alimenticia Chago S.A y sus productos son marca registrada a nombre de su respectivo propietario.